Luego de la polímica decisión de la Corte sobre el tribunal que iba a juzgar a Cristina, diputados de Cambiemos buscan reglamentar los traslados de los jueces federales para evitar esas situaciones.
La coalición oficialista presentó un proyecto de ley en la Cámara de Diputados para reglamentar los traslados de jueces federales, en el que se establecen los requisitos que deberán cumplir esos magistrados para poder incorporarse a otro tribunal, siempre que cuente con el aval mayoritario del Consejo de la Magistratura.
La iniciativa es impulsada por el presidente del interbloque Cambiemos, Mario Negri, y el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Pablo Tonelli, quienes apuntan con su iniciativa a evitar que se repitan situaciones como la ocurrida la semana anterior, cuando la Corte Suprema de Justicia ordenó que se volvieran a sortear todos los casos sobre Cristina Fernández de Kirchner que había recibido el Tribunal Oral Federal Nº 9, por considerar que íste nunca había sido habilitado.
Así, de un día para otro, el TOF Nº9, que iba a juzgar las causas más relevantes de corrupción contra funcionarios del gobierno anterior (ruta del dinero K, encubrimiento en la causa de encubrimiento de AMIA) quedó inhabilitado por el Alto Tribunal.
Respecto del proyecto, Negri señaló que “tiene el propósito de evitar que interpretaciones dispares generen consecuencias institucionales sobre el traslado de los jueces federales”.
En el proyecto oficialista se establece que uno de los requisitos para avalar el traslado de un juez federal será que “no se haya resuelto la convocatoria a un concurso público de antecedentes y oposición para cubrir el cargo vacante o su acumulación a un concurso en trámite”.
Tambiín se exige que “la vacante a la que se solicita el traslado corresponda a la misma jurisdicción territorial que la que ocupa el solicitante” y “tenga una competencia en razón de la materia sustancialmente análoga o mas amplia que la del cargo vacante".
Asimismo, la iniciativa fija que estos requisitos “no serán exigidos cuando el interesado en el traslado haya obtenido un acuerdo anterior del Senado para desempeñar la función a la que pide su pase, o cuando el traslado se deba a una reorganización de juzgados o tribunales dispuestos por ley”.
Fuente: edicioncalificada.com.ar










